La ajenidad es uno de los elementos característicos de una relación laboral o contrato de trabajo que se refiere a una prestación de una actividad laboral para una persona distinta.
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¿Qué es la ajenidad en un contrato de trabajo?
De acuerdo con la definición que da la Real Academia de la Lengua Española podemos decir que:
«La ajenidad es la cualidad y el requisito esencial que caracteriza a un contrato de trabajo, junto con el carácter personal y voluntario del contrato de trabajo. El trabajo es prestado a expensas de terceros, mientras que el empleado no asume los riesgos de su propio trabajo o frutos, sino que es un acreedor de salarios por su contribución al proceso de producción, a expensas del empresario.»
¿Dónde se regula la ajenidad laboral?
La ley que regula las relaciones laborales y en concreto el concepto de ajenidad es el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Esta ley se aplica a los trabajadores que voluntariamente prestan sus servicios remunerados a sus expensas y dentro de la organización y gestión de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario. Art. 1.1 TRET
Características de la ajenidad en una relación laboral.
Debemos tener en cuenta que el trabajo con ajenidad es la contraposición a ser autónomo o empresario, sus principales diferencias son:
- El empresario asume los costos y riesgos laborales.
- El empleado está sujeto a la autoridad gobernante del empresario.
- El empresario es responsable de tomar decisiones sobre precios y relaciones públicas con clientes y consumidores.
- El empleado no se beneficia directamente de su contribución al proceso de producción.
- El empresario establece la remuneración por el trabajo, por lo que el empresario será el deudor de su salario o emolumentos.