El concepto de deber jurídico podría definirse como aquella obligación determinada por una norma jurídica que debe ser respetada por los sujetos de derecho.
El deber puede producir efectos que limiten la libertad de las personas y que establezcan contraprestaciones como compensación, el ejemplo más claro seria cumplir con el pago de los impuesto para disponer de servicios estatales.
Se verá forzado este deber jurídico cuando el individuo incumpla las normas jurídicas y por tanto produzca algún tipo de sanción por parte de las autoridades correspondientes.
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¿Qué es el deber jurídico?
A modo recopilatorio podemos determinar que el concepto de deber jurídico como toda obligación que debe ser respetada por las personas sujetas unas normas, que produce en caso de contravención un castigo, sanción o penalidad.
¿Dónde esta regulado el Deber Jurídico?
Los deberes jurídicos no tienen una regulación uniforme dentro de la legislación, sino que más bien podríamos considerarlo un concepto jurídico, o incluso un principio inspirador del ordenamiento jurídico.
Sin embargo donde más visible es su práctica es en el Libro IV del Código Civil.
Elementos de un deber jurídico.
El deber jurídico está formado por tres elementos:
- Subjetivo: es decir el individuo o sujeto; a modo de ejemplo el deudor o acreedor de una compraventa.
- Objetivo: el objeto de la relación o negocio jurídico; siguiendo con el ejemplo anterior la entrega de un bien por una parte y de un precio en dinero por la otra.
- Causal: es el vinculo jurídico que motiva la relación, es decir la voluntad de transmitir un bien en el caso expuesto.
- Formal: los requisitos de forma que requieren la validez del negocio o relación jurídica, por ejemplo la escritura pública en donaciones de inmuebles.
Clases de deberes jurídicos.
La clasificación es tan amplia como puntos de vistas quiera tomar la doctrina jurídica, sin embargo los efectos no cambian.
Por ello los más comunes son:
- Positivos: consisten en dar o hacer alguna prestación, o realizar alguna conducta determinada.
- Negativos: consisten en no hacer algún acto o no llevar a cabo determinados comportamientos