Leasing

¿Qué es el Leasing?

Podemos determinar que el leasing es un contrato de arrendamiento financiero. Tiene naturaleza mercantil y un desarrollo temporal de medio o largo plazo.

El elemento diferenciador del leasing es que se trata de un alquiler de un bien determinado que incluye una opción de compra al final del plazo por el cual se ha constituido el negocio jurídico.

¿Cuál es la naturaleza del contrato de leasing?

Podemos decir que se trata de un contrato de naturaleza atípica y de carácter mixto, ya que mezcla elemento dé otros negocios jurídicos, como el comodato, el arrendamiento o la opción de compra. Si bien la esencia de este arrendamiento financiero con opción de compra es la de su causa, que no deja de ser obtener una financiación para poder adquirir el bien al finalizar el contrato.

¿Dónde está regulado el Leasing?

En el ordenamiento jurídico español no hay una ley que regule leasing de forma unitaria..

Sin embargo las disposiciones jurídicas principales en cuanto a la normativa del leasing son Real Decreto-Ley de ordenación Económica de 25 de Febrero de 1977 y el Real Decreto de 31 de Julio de 1980, junto con Disposición Adicional Séptima de la Ley 26/1988, de 29 de Julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, que trata sobre la inscripción del leasing en el Registro de Bienes Muebles.

Funcionamiento del contrato de leasing

Una persona física o una empresa tiene la necesidad de adquirir un determinado bien, pero no dispone de suficientes recursos económicos, o prefiere planificarlos a lo largo del tiempo.

En este caso se pone en contacto con una entidad de leasing o una entidad financiera, estas últimas suelen disponer de este servicio, para que esta adquiera el bien que se desea a cambio de una serie de pagos, planificados de acuerdo a un calendario y un tipo de interés, fijo o variable, prefijado, que determina la cuota, normalmente mensual, que le sale a pagar.

Estas sociedad financiera o empresa, una vez adquirido el bien, cede el uso a la persona o empresa mientras se estén abonando las cuotas.

Una vez se finaliza el contrato la persona que había demandado el bien dispone de varias posibilidades, estas son:

  • Renovar el contrato por un nuevo plazo, o por un nuevo bien sustitutivo del anterior.
  • Ejercer la opción de compra abonando la cantidad fijada, y adquirir de este modo la propiedad del bien.
  • Devolver el bien sin ejercer la opción de compra.

Durante la duración del contrato el propietario del bien es la sociedad de leasing, mientras que la persona física o empresario simplemente es el usuario hasta que ejerza la opción de compra o resuelva el contrato. Si bien es común que los gastos de mantenimiento y seguros del producto.

Ventajas del leasing

Los puntos positivos de el leasing son:

  • Facilidad de financiación de la adquisición del bien, normalmente de hasta el 100 por 100 del valor.
  • Flexibilidad de negociación de los plazos, cuotas y clausulas del contrato.
  • Ventajas fiscales, como posibilidad de deducción del gasto, y pago por parte de la sociedad del IVA de adquisición.

Desventajas del leasing

Los puntos negativos del leasing son:

  • Requiero normalmente de una cuota de entrada, aparte de la cantidad de opción de compra.
  • Esta más enfocado a pequeños empresarios y trabajadores autónomos o profesionales que a particulares.
  • Tiene una duración mínima de dos años. 

Sobre Carlos B.

Abogado, Técnico de Mercados Financieros y apasionado de la divulgación y formación jurídica. La combinación de todo ello junto con mi afición por las nuevas tecnologías me lleva a compartir mis conocimientos contigo e intentar ayudarte.

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