Subsidio por desempleo

Un subsidio por desempleo es un beneficio financiero recibido por un empleado que ha sido suspendido del trabajo, siempre que cumplan ciertos requisitos.

¿Dónde está regulada la prestación por desempleo?

Las disposiciones sobre subsidio de desempleo se recogen en el  artículo 23 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril.

Requisitos para solicitar el subsidio por desempleo.

Cualquier persona que quiera solicitar subsidio de desempleo debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar desempleado.
  • Estar inscrito como desempleado, buscando un trabajo durante al menos un mes.
  • El desempleado deberá firmar un compromiso de actividad.
  • La prestación por desempleo a nivel de contribución debe agotarse.
  • Debe tener responsabilidades familiares.
  • La persona beneficiaria de esta prestación no debe tener una renta que supere el 75% del salario mínimo interprofesional, exceptuando las horas extras de forma proporcional.

Documentación para solicitar un subsidio por desempleo.

De acuerdo con la ley, se deben presentar los siguientes documentos para recibir las prestaciones de desempleo:

  • El formulario de solicitud oficial.
  • Documento de identificación del solicitante, su cónyuge e hijos dependientes.
  • Todos los documentos bancarios que indican el número de cuenta del cual el solicitante es el propietario, y donde le gustaría recibir el beneficio.
  • Libro familiar o equivalente.
  • También puede ser requerido para proporcionar justificante de ingresos.

¿Dónde y cuando presentar la solicitud del subsidio por desempleo?

Dicha solicitud debe presentarse a través de la sede electrónica de SEPE, en la oficina de prestaciones, en cualquier oficina de registro estatal y por correo administrativo.

Las prestaciones de desempleo se pueden presentar dentro de los quince días hábiles, a partir del mes de espera en el que el solicitante estaba inscrito buscando trabajo.

Duración del subsidio por desempleo.

La prestación de desempleo se puede pagar por seis meses, prorrogada por períodos de seis meses.

Sin embargo, las siguientes estimaciones deben tenerse en cuenta:

  • Si usted es menor de 45 años y ha consumido su prestación contributiva durante al menos 4 meses, usted es elegible para un total de 18 meses.
  • Si usted es menor de 45 años y ha consumido su prestación contributiva durante al menos 6 meses, usted es elegible para un total de 24 meses.
  • Si tiene más de 45 años y ha consumido su prestación contributiva de 4 meses, es elegible para un total de 24 meses.
  • Si tiene más de 45 años y ha consumido su prestación contributiva durante al menos 6 meses, es elegible para un total de 30 meses. 

¿Cuánto se cobra por el subsidio de desempleo?

El cantidad mensual que alcanzará el subsidio por desempleo será igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente de acuerdo a la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año correspondiente.

Al momento de redactar este artículo pasa de 430 euros de 2020 a 451.92 euros para el ejercicio 2021, es decir aumenta algo más de 30 euros.

Sobre Carlos B.

Abogado, Técnico de Mercados Financieros y apasionado de la divulgación y formación jurídica. La combinación de todo ello junto con mi afición por las nuevas tecnologías me lleva a compartir mis conocimientos contigo e intentar ayudarte.

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